I. DIMENSIONES DEL CUIDADO

El cuidado como derecho fundamental

Durante más de cincuenta años, los fundamentos de los derechos humanos han evolucionado, alcanzando la noción de cuidado como un derecho inherente a cada individuo. Esta evolución ha abierto un camino interpretativo, una comprensión más amplia y profunda de su verdadero alcance.

Entre las normas que lo reconocen encontramos la Convención sobre los Derechos del Niño, la Convención sobre la Eliminación de todas las formas de Discriminación Contra las Mujeres, el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, el Protocolo de San Salvador y la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad. En todas ellas se habla de cuidado dentro de los derechos a una vida digna, protección de la maternidad, la infancia y de personas mayores o con discapacidad.

Sin embargo, el texto base sobre el que se asientan todas estas normas es la Declaración Universal de Derechos Humanos de 1948, concretamente en el artículo 25:

1. Toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado que le asegure, así como a su familia, la salud y el bienestar, y en especial la alimentación, el vestido, la vivienda, la asistencia médica y los servicios sociales necesarios; tiene asimismo derecho a los seguros en caso de desempleo, enfermedad, invalidez, viudez, vejez u otros casos de pérdida de sus medios de subsistencia por circunstancias independientes de su voluntad.

2. La maternidad y la infancia tienen derecho a cuidados y asistencia especiales. Todos los niños, nacidos de matrimonio o fuera de matrimonio, tienen derecho a igual protección social.

En 2007 la profesora Laura Pautassi realizó un estudio que abordó el concepto del "derecho a cuidar, ser cuidado y practicar el autocuidado" desde la perspectiva de los derechos humanos. Este enfoque no solo reafirmó la importancia del derecho humano al cuidado, sino que también destacó las responsabilidades tanto positivas como negativas que conlleva. Pautassi marcó un cambio significativo al demostrar que el cuidado no es meramente una necesidad, sino un trabajo esencial además de un derecho humano.


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